La pensión de incapacidad permanente es una pensión contributiva de la Seguridad Social cuya finalidad es mitigar la falta de ingresos que sufre un trabajador bien sea por una lesión o enfermedad que reduce o le impide desarrollar una determinada actividad laboral.
Una vez solicitada se sigue un procedimiento que tiene como paso importante una evaluación médica del trabajador por un Tribunal Médico.
El dictamen- propuesta recoge una parte de la resolución de los inspectores que han evaluado el estado del trabajador, es decir, los integrantes del Tribunal Médico.
Es un dictamen relevante debido a que también debe informar de aquellos casos en que se recomienda el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente al trabajador; así como fijar una fecha de revisión de la incapacidad.
El dictamen-propuesta de la solicitud de incapacidad permanente debe recoger puntos específicos según cada caso:
Calificación del grado de incapacidad.
Revisión de la incapacidad permanente por agravación, mejoría o error diagnóstico.
La determinación de la contingencia causante de la incapacidad laboral del trabajador.
El dictamen-propuesta no es vinculante, y el director del INSS puede seguirlo o no.
Como solicitante de una pensión de incapacidad si no te resulta favorable el dictamen- propuesta tienes un plazo legal para realizar la reclamación administrativa.
De no realizar la reclamación administrativa, con posterioridad no puedes ejercer acciones judiciales.
Si la propuesta del Tribunal Médico es la incorporación a tu actividad laboral y no has mejorado, ejerce tu derecho a interponer una reclamación administrativa.
Realizamos el escrito de la reclamación administrativa.
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